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ÁREA ADMINISTRATIVA Y CONTABLE
1.1 – Conservación y archivo conveniente de la documentación recibida de la Comunidad, entre la que se incluye los planos de la Finca, la Escritura de División Horizontal, las actas de las Juntas
Ordinarias y Extraordinarias otorgadas hasta la fecha, encargándose, si ésta estuviera incompleta, de realizar las gestiones pertinentes para complementar en lo posible dicha documentación.
1.2 – Asistir a las Juntas Generales de Comunidad en días laborables, tres máximo al año (el resto se facturaría aparte).
1.3 – Redactar las Actas que recojan lo debatido y aprobado en las Juntas Generales, recogiendo siempre el detalle de las deliberaciones y votaciones, transcribiendo posteriormente las mismas, una
vez aprobadas por el Presidente, al Libro de Actas de la Comunidad, debidamente foliado y sellado por el Registro de la Propiedad correspondiente, o por Notario.
1.4 – Atender cuantas quejas y sugerencias le fueren formuladas por cualquiera de los integrantes de la Comunidad y darles el oportuno cauce, buscando en todo momento el beneficio de la
Comunidad.
1.5 – Presentar periódicamente un estado de cuentas de la Comunidad con detalle de gastos e ingresos.
1.6 – El Presidente de la Comunidad podrá recabar, cuando así lo desee, información bancaria y del estado de cuentas de la Comunidad, estando el Administrador obligado a facilitárselo sin
demora.
1.7 – Ejercer la dirección de todo el personal al servicio de la Comunidad.
1.8 – Velar por el buen régimen del inmueble, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias a los titulares.
1.9 – Preparar con la debida antelación y someter al conocimiento y aprobación de la Junta el presupuesto anual de gastos e ingresos previsibles, proponiendo los medios adecuados para disponer de los
fondos necesarios con el fin de hacer frente a aquellos.
1.10 – Elaborar y presentar para su cobro todos los recibos de gastos ordinarios y extraordinarios.
1.11 – Elaborar y pagar los salarios y Seguros Sociales de porteros y demás empleados que presenten sus servicios a la Comunidad, sea cual sea la modalidad de contratación que la Comunidad tenga
establecida para los mismos.
1.12 – Pagar las Primas de Seguro que tenga contratadas o contrate la Comunidad; control de sus renovaciones y tramitación de siniestros, así como los demás gastos fijos que sean de carácter
común.
1.13 – Todas las demás atribuciones y responsabilidades que son propias de un Administrador de Fincas y las que en un futuro pueda conferirle la Junta General de Propietarios.
ÁREA DE MANTENIMIENTO
2.1 – Contratar los servicios y suministros que precise el inmueble para su correcto funcionamiento, atendiendo siempre a criterios de economía y buen servicio y administrar diligentemente los ya
contratados.
2.2 – Cumplir y hacer cumplir los acuerdos adoptados en materia de obras y reformas, efectuando los pagos y cobros que sean procedentes.
2.3 – Atender a la conservación y mantenimiento de la finca, disponiendo las reparaciones urgentes e informando de ello al Presidente de la Comunidad. Para acometer obras (urgentes o no) la Comunidad
podrá recabar complementariamente por su parte los presupuestos que desee.
2.4 – Informar y asesorar al Presidente y a la Junta de Propietarios del estado del inmueble y de sus servicios, así como de las medidas y soluciones que considere oportuno adoptar para su
optimización y mejora.
ÁREA LEGAL
3.1 – Proporcionar asesoría y consulta jurídica gratuita a la Comunidad y a cada uno de sus propietarios en asuntos relacionados con la Comunidad.
3.2 – Apremiar a aquellos copropietarios que incurran en morosidad en el pago de sus recibos de gastos comunes. Se excluye el apremio de carácter judicial, el cual será facturado aparte, y ejecutado
a instancia del Presidente, de la Junta Rectora o de la Junta de Propietarios.
3.3 – Realizar las gestiones oportunas ante Organismos Oficiales o entidades bancarias para la obtención de licencias, apertura de créditos, etc. que sean necesarios para el correcto funcionamiento
de la Comunidad.